PNL ANDALUCIA CUSTODIA COMPARTIDA

A PROPÓSITO DE LA APROBACIÓN DE LA PNL POR LA CUSTODIA COMPARTIDA EN EL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA.

Cabría pensar como muchos opinan, que el hecho de aprobar el Pleno del Parlamento Andaluz este pasado jueves 4 de abril la proposición no de ley (PNL) mediante la que se instará al Ejecutivo central a reformar la Legislación relativa al Derecho de Familia (Código Civil) a fin de que la guarda y custodia compartida sea la modalidad de crianza deseable y normalizada de los hijos tras un proceso de separación y/o divorcio de la pareja -ruptura familiar- (impulsada por Ciudadanos, con el apoyo del PP-A y Vox, la abstención del PSOE-A y el rechazo de Adelante Andalucía) pueda ser un “brindis al Sol”, puesto que efectivamente, en Andalucía y mayor parte de Comunidades Autónomas de España, esta materia está regulada en el Código Civil, y la competencia en modificar tal regulación es materia Estatal. Yo opino que no es así, considero que supone un avance en la mentalidad de la sociedad (en este caso de nuestros políticos en Andalucía a través de su Parlamento que nos representan) hacia una idea de corresponsabilidad en el cuidado de los hijos, de reparto de responsabilidades y obligaciones en su crianza. Realidad que está ocurriendo en muchas regiones del territorio nacional.

Ciertamente, si en lugar de Andalucía nos encontrásemos en una Comunidad Autónoma con Derecho Foral propio (Legislación propia de algunas Comunidades Autónomas, como Aragón, Baleares, Cataluña, Galicia, Navarra y País Vasco), hoy podríamos decir que los niños Andaluces, tras ésta aprobación normativa, y tras la ruptura de sus padres como pareja, partirían de una guarda y custodia compartida o conjunta, situación de crianza de basada en la corresponsabilidad parental de ambos progenitores. Así ocurre en algunas Comunidades Autónomas, entre ellas Cataluña (desde 2010); Navarra (desde 2011); Aragón (desde 2010, y donde al parecer le queda poca vigencia, pues las Cortes Autonómicas han aprobado una proposición de Ley Conjunta de PSOE, Podemos, CHA e IU, para que no sea la opción preferente de guarda y custodia como así ha sido. PP, PAR y Ciudadanos votaron en contra de la Proposición, entendiendo que con esta se puede vulnerar el artículo 14 de la Constitución Española); Comunidad Valenciana (que ciertamente así ha sido desde 2010, aunque hoy tampoco ya es la opción preferente la guarda y custodia conjunta porque el TC anuló en 2016 la legislación foral por no tener competencia legislativa en esta y otras materias).

En el resto de Regiones o Comunidades Autónomas del territorio nacional no referidas, tal como Andalucía, la que nos ocupa con la PNL aprobada, la regulación de las medidas relativas a la Patria Potestad y Guarda y Custodia de los menores tras la ruptura de la pareja formada por sus progenitores, viene regulada en el Código Civil, que como todos sabemos es legislación de ámbito nacional.

Tras lo dicho, cabría dar por cierto entonces, que dentro de nuestro territorio nacional, dependiendo de la comunidad autónoma de nacimiento, origen o en la que te encuentres, hay niños (y progenitores) que cuentan con más derechos y obligaciones que otros. Parece que así es.

Dicho esto, considero positivo y punto de partida necesario para ese cambio normativo (aunque como todos sabemos, no sea esta la primera ocasión que se ha producido tal pretensión, y de ahí la desesperanza de muchos), que desde el Parlamento de Andalucía se haya aprobado esta proposición para reformar la legislación a nivel Estatal (Código Civil y legislación complementaria), además cabiendo pensar, que es incongruente y obsoleta en los tiempos que vivimos, la legislación existente en esta cuestión, cuando Tratados y Legislación Internacional, como la Convención Internacional de los Derechos del Niño de las NNUU y nuestra propia doctrina y jurisprudencia del Tribunal Supremo (inequívoca y expresamente recogido desde el año 2010),  consideran lo ahora aprobado por el Parlamento de Andalucía, como lo que tendría que ser lo normal.

Jose Antonio Maldonado.

Abogado.

Granada 07.04.2019

 

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